Mediante Resolución 32/2024, publicada en el BO el día 08/05/2024, la Secretaría de Industria y Comercio, formalizó importantes cambios para la obtención del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria.

¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES MODIFICACIONES?

1- El dictamen técnico podrá ser realizado por un ingeniero matriculado.

Las empresas pueden incluir un ingeniero matriculado para la emisión del dictamen técnico; por lo tanto, no dependerán, exclusivamente, de los profesionales que provee el INTI para la realización del trámite.

2- Se amplía el plazo de vigencia del certificado a 10 años.

El plazo de vigencia, anteriormente, tenía una validez de 5 años.

3- La Secretaría de Industria y Comercio está facultada como organismo de control mediante auditorías aleatorias.

La facultad de control, por parte de la SIC, consistirá en auditorías aleatorias en las diferentes plantas industriales. En caso de incumplimiento, se establece una exclusión del régimen por el plazo de un año y una multa del 2% mensual acumulativa de los aranceles que pagan las empresas que están por fuera del régimen. Estas sanciones representan para las empresas el 60% de sus costos de producción.

La vigencia de dicha Resolución rige a partir del 09/05/2024. Cabe destacar que, estas medidas fueron impulsadas por la Cámara de Exportadores de la República Argentina – CERA.

DATOS DE INTERÉS 2023

IMPORTACIONES: las empresas que producen con insumos del exterior y exportan representan el 10% del total de las importaciones.

EXPORTACIONES: las 679 empresas, que utilizaron este régimen, exportaron USD 12.654 millones, lo que representa casi el 20% del total de exportaciones.

Confeccionar la solicitud del CTIT suele ser un proceso complejo que requiere colaboración de personal idóneo para finalizarlo en forma correcta con el resultado esperado.

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